NORMATIVA DEL OZONO ESPAÑA Y EUROPA

NORMATIVA DEL OZONO

 

En este espacio ponemos a tu disposición la legislación referente al uso del ozono como biocida. 

Informes, documentos y normativas de las aplicaciones del ozono en distintos ámbitos

Ministerio de Sanidad de España

  • Nota sobre el uso de productos biocidas para la desinfección del COVID-19 del 27 de abril de 2020. (Ver Nota Informativa).  

 

MadridSalud.es

  • Informe: Ozono como tratamiento biocida frente a COVID-19 – Actualización del informe de 21.04.20 (Ver informe).

 

ECHA

  • Documento de la ECHA (European Chemicals Agency) 8 de Mayo de 2017 – Biocidas que se benefician de las medidas transitorias en conformidad con el artículo 93 BPR: sustancias activas afectadas. (Ver documento).

 

ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD

  • El ozono es el desinfectante más potente contra todo tipo de microorganismos, bacterias, hongos y virus. La OMS reconoce que el poder desinfectante del ozono es del 99%. En el siguiente enlace podrás ver un pdf de la OMS en el que informa un poco sobre el poder desinfectante del ozonoVer (Ver documento en inglés).
  • RPB (Reglamento de Productos Biocidas), que viene a sustituir a la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 relativa a la comercialización de biocidas.En 2016 el ozono ha sido admitido como sustancia activa en el RPB.La inclusión del ozono se está llevando a cabo en el Grupo principal 1: desinfectantes y biocidas generales, dentro del Tipo de producto 2: desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y de la salud pública y otros biocidas (PT02), Tipo de producto 4: Empleados en la desinfección de equipos, recipientes, utensilios para consumo, superficies o tuberías relacionados con la producción, transporte, almacenamiento o consumo de alimentos o piensos (incluida el agua potable) para personas y animales, así como en el Tipo de producto 5: Desinfectantes para agua potable (PT05).  (Ver Normativa).De acuerdo con las directrices del BPR, en adelante, para poder comercializar el ozono como biocida, será imprescindible tener acceso al expediente de sustancia activa, bien por ser co-propietario de dicho expediente, bien mediante la compra de lo que, en la normativa, denominan una “carta de acceso” (CdA).
  • Real Decreto 140/2003, de 7 de Febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. (Ver Real decreto 140/2003).

 

UNE (ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION)

  • Norma española UNE-EN 1278:1999, de productos químicos utilizados en el tratamiento del agua destinada a consumo humano: Ozono, transposición de la Norma Europea EN 1278 de Septiembre de 1998. (Ver Norma española UNE-EN 1278:1999).
  • Norma española UNE 400-201-94 recomendaciones de seguridad en generadores de ozono para tratamiento de aire. (Ver Norma española UNE 400-201-94).
  • INSHT. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. (Ver normativa).
  • Real Decreto 865/2003, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.(Ver Real Decreto 865/2003).
  • NTP 538 del INSHT, legionelosis: medidas de prevención y control en instalaciones de suministro de agua. (Ver normativa NTP 538 del INSHT).